Ley de protección de datos

Rodolfo Dumas Castillo

Hace unos días abordamos los aspectos más inquietantes del proyecto conocido como “Ley de Chips”, que aún se discute en el Congreso Nacional y que contiene disposiciones que podrían vulnerar derechos fundamentales, especialmente en lo que concierne a la libertad de expresión y las garantías de privacidad en las comunicaciones, introduciendo mecanismos excesivamente gravosos para los ciudadanos. Sin perjuicio de las inquietudes planteadas sobre esa iniciativa, es aún más importante y urgente que el Poder Legislativo priorice la aprobación de una ley de protección de datos antes de siquiera considerar temas como la intervención en las comunicaciones.

En esta era digital la recopilación, almacenamiento y utilización de datos personales se ha convertido en un elemento fundamental en nuestras vidas. Sin embargo, este activo sumamente valioso es explotado impunemente y sin restricciones por empresas que lo comercializan sin nuestra autorización. Incluso se han presentado denuncias que señalan la explotación de bases de datos sumamente sensibles, como la del Registro Nacional de las Personas, y su “venta” a terceros. Esta realidad subraya la necesidad imperante de contar con legislación que resguarde nuestros datos, asegure que los ciudadanos ejerzan control sobre su información personal y que promueva la operación responsable de las empresas y del Estado en la gestión de esos datos.

La esencia primordial de una legislación de esta índole reside en conferir a los ciudadanos el derecho fundamental a la privacidad. Esto implica que las organizaciones estarían compelidas a obtener el consentimiento explícito de las personas antes de recabar, procesar o conservar sus datos personales. Además, se establecerían mecanismos reguladores para el tratamiento de datos, restricciones en su utilización y penalizaciones en caso de incumplimiento. Ya en otros países se aplican sanciones económicas a quienes trasgreden la normativa, destinando una porción de lo recaudado a la entidad reguladora y otra al afectado.

Una ley de protección de datos eficaz jugaría un papel crucial en fortalecer la confianza entre ciudadanos, empresas y gobierno. Los individuos tendrían la seguridad de que sus datos se manejan adecuadamente y que no se usarán de manera indebida. Dicha ley establecería pautas estrictas para la seguridad de la información y las medidas necesarias para prevenir infracciones, incluyendo la implementación de sistemas de seguridad sólidos, cifrado de datos y la obligación de informar cualquier transgresión de seguridad, protegiendo así la privacidad de los ciudadanos.

Por otro lado, es importante tomar en cuenta que, en una economía globalizada, la transferencia transfronteriza de datos resulta vital para el comercio y la colaboración en diversas esferas. En este sentido, una legislación de esta naturaleza se alinearía con los estándares internacionales, facilitando así el tránsito seguro de información entre Honduras y otros países, fortaleciendo la confianza en las transacciones en línea. Además, en una era cada vez más interconectada, también es imprescindible que Honduras tome como referente a otras naciones y adopte una legislación sólida de protección de datos, para asegurar que sus empresas no incurran en incumplimientos normativos o de compliance que les podrían generar responsabilidades o limitar sus actividades comerciales con otros países.

Hace varios años se presentó un proyecto de ley que finalmente no se aprobó, por lo que el Estado sigue incumpliendo obligaciones convencionales, incluyendo las contenidas en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos que garantizan estos derechos y que imponen al Estado la responsabilidad de protegerlos. Argentina es el país latinoamericano que mejor cumple con los estándares europeos, concretamente el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), habiendo además firmado e implementado el Convenio 108 del Consejo de Europa para la Protección de las Personas con Respecto al Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal, por lo que es reconocido como país “adecuado” en la materia. Existen otras naciones y organizaciones que gustosamente colaborarían con sus valiosas experiencias y abundante doctrina para redactar un nuevo proyecto de ley que responda a las necesidades del país y que incorpore los principios de consentimiento, licitud, lealtad, transparencia, proporcionalidad, limitación de la finalidad y del plazo de conservación, exactitud, calidad y responsabilidad. Su promulgación representaría un hito significativo para Honduras en la construcción de una sociedad digital segura y ética.

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