José María Díaz Castellanos
Los antecedentes de la Expropiación los encontramos en el Derecho romano. El Derecho romano obligaba a los particulares a la cesión forzosa de sus bienes y exigía el bien público común. Otros dicen que esta figura se remonta a Grecia. Las siete partidas de Alfonso El Sabio le da las características propias a la expropiación que hoy conocemos.
En Honduras esta figura la tenemos en el Artículo 106 Constitucional: “Nadie podrá ser privado de su propiedad sino por causa de necesidad o interés público calificados por la ley o por resolución fundada en ley, y sin que medie previa indemnización justipreciada…”.
El presidente Francisco Bertrán sanciono la Ley de Expropiación en el año 2014, o sea comenzando la primera guerra mundial; en esta ley el privado de su propiedad sin haberse seguido los procedimientos legales podrá interponer lo interdictos de retener y recobrar (Artículo 4). La expropiación será declarada por el Poder Ejecutivo, cuando sea de interés nacional o departamental, y por las municipalidades cuando sea de interés local (Artículo 8). La iniciativa para expropiar la hacía el Fiscal General de Hacienda, hoy Procurador de la República (Artículo 10). La expropiación no se perfecciona mientras no se le entregue al dueño el precio de indemnización, y hecha que sea la entrega, o verificada la consignación, se declara transferida la propiedad (Artículo 12). Si la cosa expropiada no se destinase, por cualquier causa o circunstancia, en el término de un año, al objeto que motivo la expropiación, el dueño anterior puede recobrarla legalmente en el estado en que se enajeno, consignando el precio por la indemnización que recibió por ella (Artículo 13).
La doctrina define la expropiación como un acto administrativo en virtud del cual el Estado priva una persona de su propiedad ya sea parcial o totalmente, siempre que exista una causa de utilidad pública prevista en la ley y mediante el pago de una indemnización. Ejemplos de utilidad pública son las calles, puentes y obras de infraestructura.
No debe confundirse la expropiación con el decomiso; en ambos hay privación de la propiedad por medio del Estado a los particulares, pero tienen distinta naturaleza jurídica. El decomiso es una pena derivada de un delito donde se priva de la propiedad sin que haya de por medio indemnización.
“La nacionalización es un acto administrativo muy parecido a la expropiación ya que su objetivo principal es privar de la propiedad o medios de producción a los particulares, pero a diferencia de la expropiación no debe mediar causa de utilidad pública ni indemnización. Según Porrúa Pérez (México), define la nacionalización como una transferencia de la propiedad de ciertos medios de producción, pertenecientes a particulares, realizada en bien del interés público, para preservar la independencia del Estado”.
El presidente Jose López Portillo nacionalizo la banca comercial y decreto la expropiación de bancos privados mientras que el panista Vicente Fox expropio 27 de los 60 terrenos azucareros por altos niveles de endeudamiento. Andrés Manuel López Obrador en el año 2019 expropió las primeras hectáreas para el Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles; luego llegaron más expropiaciones para el paso del tren Maya en la península de Yucatán y más recientemente hay expropiaciones en el corredor interoceánico del Istmo de Tehuantepec.
Nicaragua actualmente tiene su ley de expropiación del año 1976 aprobada por el presidente Anastasio Somoza; el gobierno actual ha expropiado la sede de la Organización de Estados Americanos (OEA) sin embargo Luis Almagro secretario de la OEA aclaró que el inmueble no era propiedad del organismo sino rentado.
El presidente Venezolano Hugo Chávez Frías en el año 2005 inició expropiaciones de empresas nacionales y extranjeras lo que condujo a la reducción de la inversión extranjera.
El Canal de Suez es otro ejemplo: era propiedad del gobierno egipcio, los accionistas europeos, en su mayoría británicos y franceses, eran los dueños de la empresa concesionaria que lo explotaba hasta julio de 1956, cuando el presidente Gamal Abdel Nasser lo nacionalizó, hecho que provocó una gran crisis.
Trump con su muro empezó a expropiar propiedades entre ellas en de la familia Cavazos es uno solo de 140 casos activos de expropiación de tierras que continúan activos en la administración Biden. Según los afectados, el muro es un símbolo de “odio y racismo”.
En Estados Unidos las leyes de expropiación tienen su origen en la cláusula de expropiación de la “quinta Enmienda de la Constitución: “no auto incriminarse de un delito” o quien participe en algún procedimiento legal.
Hasta aquí va bonito el articulo con la explicación constitucional, pero si tu quieres “torturarse” y saber lo que cuesta ejercer la profesión del derecho en trámites de expropiación agrega el artículo 117 de Ley de Municipalidades y 77 y siguientes leyes de propiedad; entenderás que es en Honduras la “indemnización previa” y el “justiprecio”. Tema favorito de gobiernos socialistas.