José María Díaz Castellanos
Los jueces deben estar descontaminados de la política, aunque no de su participación ciudadana, exentos de odio, amistad, e ira.
Hoy ha circulado el oficio No 2498-SCSJ-2023 que transcribe el Acuerdo 1757 del 21 de agosto del 2023 donde la presidencia del Poder Judicial cancela el nombramiento de la abogada Karla Lizeth Romero Dávila del cargo de Juez del Tribunal de Sentencias de la Sección Judicial de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, sin producir obligación ni responsabilidad alguna para la institución, por incluir a la casual de despido contenida en el articulo 64 literal a) y d) de sus reglamentos….” (sin prestaciones).
Un despido fundamentándose en sus reglamentos es impreciso, más cuando a pesar de que el mismo se produce indicando que no hay responsabilidad en el Poder Judicial. Asumo que se basan en el artículo 64 de la Ley de la Carrera Judicial: literal a) “Incumplimiento o violación grave o reiterada de algunos de los deberes, incompatibilidades y conducta establecidas en los capítulos X y XII de esta ley; b) Dejar de asistir al trabajo sin permiso y sin causa justificada durante dos días hábiles completos y consecutivos, o durante tres días hábiles en el término de un mes”. Ha circulado otra versión en el sentido de que no dictaba sentencias y otra que fue detenida por provocar un accidente de tránsito. Tanto dinero invertido de muchos años en su capacitación para terminar corriéndola, obviando otras sanciones que no sea el despido.
Especulemos: podría ser que la jueza falta mucho a su trabajo y estaban esperando el momento justo para el despido; otra opción es que la jueza nunca faltaba pero se enfermó dos días consecutivos y aprovecharon esta circunstancia; otra posibilidad sería que los poderes del Estado son independientes, sin embargo el presidente del Legislativo haya presionado porque la jueza nunca lo reconoció como presidente lo cual es inaceptable para los que ostentan el poder, ingiriendo en las decisiones del Poder Judicial. Por ultimo: les molestó los recursos de inconstitucionalidad por pretender defender la Constitución.
La Constitución de la República garantiza que los jueces son “independientes” en sus decisiones, únicamente sometidos a la Constitución y las leyes (artículo 303).
Debemos recordar que la presidenta del Poder Judicial ejerce las funciones administrativas (despidos) porque así lo indica la reforma pero que no sale esta disposición en las impresiones de las editoriales. El resto de magistrados no tienen responsabilidad.
La inamovilidad quedó en el artículo 317 constitucional: “…los jueces y magistrados no podrán ser separados, suspendidos, trasladados, descendidos ni jubilados, sino por causas y con las garantías previstas en la ley”.
Unos de los grandes problemas del Poder Judicial es la “mora judicial”. Es imposible que cada tribunal supremo electo haga desaparecer este gravísimo problema el cual no es imputable al servidor judicial sino a la “cultura popular” donde la gente cree que sus problemas solo se resuelven en los tribunales, comenzando por los políticos de turno. Según al artículo 57 del Código Procesal Penal, la sentencia la dictan tres jueces y si falta uno, hay un cuarto Juez.
Un Informe del Departamento de Estado en el año 2016 señalaba que en Honduras los problemas más graves del Poder Judicial son: corrupción, intimidación y debilidad institucional que lo lleva a “impunidad” generalizada. Esto me lleva a pensar de la posibilidad de “intimidación” a la juez destituida. Recuerdo un caso de intimidación cuando algunos jueces no fueron de opinión favorable para aprobar la Ley Antimaras. Se les advirtió que iban a ser investigados. El Partido Nacional pidió la destitución de los magistrados.
Sería mejor que se creara de nuevo el “Consejo de la Judicatura” como así lo ordena la Constitución de la República y que no se dediquen a despedir jueces sino a partir de “justicia”.
Ejemplo de destitución de jueces son:
- Ramón Valladares. Se destituyó a Carlos Manuel Arita Palomo. Esto fue en el año 1985. Hubo un conflicto entre ROSUCO y Bu Girón quien dijo “La Corte se va”.
- Destitución de tres magistrados y cinco jueces en un caso de lavado de activos en las Islas de la Bahía (2008).
- Hay un caso de un depósito en dólares a favor de una juez. De este asunto no tengo resolución definitiva (2007).
- El caso más sonado de destitución de jueces es la de la Sala de lo Constitucional. El 12 de diciembre del 2012 a las 4:00 a.m. fueron destituidos José Antonio Gutiérrez Navas, Gustavo Enrique Bustillo Palma, José Francisco Ruiz Gaekel y Rosalinda Cruz Sequeira. Escuché a JOH decir que hay fotografías comprometedoras de los magistrados con narcotraficantes. Está pendiente la Sentencia en la Corte Interamericana de DDHH. Esta es una de las mayores injusticias de la justicia.