Por: Cnel. de Av. ® José A. San Martín F. *
En una edición muy anterior nos referimos a los “libelos” que circulan públicamente expresando posiciones y opiniones de las que nadie se hace responsable. Particularmente temas relacionados con el medio castrense y que, obviamente, condenamos porque demuestran irresponsabilidad y cobardía de sus autores al no avalar su documento. Ahora, en uno de reciente circulación, lo elaboran a nombre de la Asociación de Oficiales Retirados de las FFAA (AORFFAA) solicitando la despolitización de las FFAA, el nombramiento del comandante general del Ejército como sucesor del actual jefe del Estado Mayor Conjunto (EMC), quien se retira, sabemos, a finales de este año. Igualmente señalando quien debe suceder en la subjefatura del mismo cargo. Asimismo, solicitan la participación del soberano Congreso Nacional (CN) en dichos nombramientos, como sucedía en el pasado. Y, por último, invitan al expresidente Manuel Zelaya a no entrometerse en estos asuntos y condenando la injerencia política en la elección de los futuros jefes militares.
Lo extraño del asunto es que en esta oportunidad lo enuncian en nombre de la AORFFAA, la que “no tiene vela en ese entierro” porque no posee, en su ley, dichas facultades. Como ciudadanos oficiales en la honrosa situación de retiro, sabemos de la existencia de los reglamentos que rigen los ascensos dentro de las FFAA (Reglamento de Ascensos de las FFAA). La Constitución de la Republica (CR) igualmente establece la norma para la elección de esos altos cargos institucionales. Solo con iniciativas de ley ante el soberano CN se pueden modificar las actuales disposiciones enmarcadas en las leyes vigentes. No es con libelos ni amenazas que se pueden lograr estos cambios en la ley, pues el procedimiento ya existe en la norma constitucional.
Las FFAA son permanentes, profesionales, apolíticas, obedientes y no deliberantes. Se han creado para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el imperio de la Constitución, los principios del libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República (Art. 272 de la CR).
Como expresamos, las modificaciones a las leyes se llevan a cabo mediante las iniciativas presentadas por quienes están facultados para hacerlo, entre otros, los diputados al CN, para que este órgano Legislativo, se pronuncie y resuelva lo solicitado. Repito, no es con amenazas ni libelos maquillados que se pueden lograr cambios en la ley. Pero ¿acaso las FFAA como institución pueden pedir cambios a su normativa? Naturalmente que sí. Su apoliticidad no tiene nada que ver. Deben existir justificaciones válidas y la seguridad de que dichos cambios fortalecerán la unidad institucional y una mejor eficacia en cumplir con la misión de las FFAA. Los procedimientos ya están delineados.
Las FFAA poseen los recursos y medios para realizar estos análisis o estudios que permitan, con buen juicio profesional, modificar sus leyes y hacerlas efectivas a través de los métodos establecidos en la ley. Nada es imposible en un Estado de derecho.
Finalmente, quisiera referirme a la apoliticidad de las FFAA, tal y como lo manda la Carta Magna; en donde sus miembros no tienen derecho a ejercer el sufragio en las elecciones de los cargos de elección popular a nivel nacional. Esto también implica la prohibición de hacer política evitando apoyar las pretensiones de grupos y personas individuales que buscan hacerse del poder de la nación. Ha sido evidente la influencia que en este sentido han llevado a cabo políticos ambiciosos sobre algunos militares de alto rango, ya sea por parentescos familiares, amistad o el ofrecimiento de cargos y beneficios personales. Desde hace mucho tiempo la oficialidad superior de las FFAA ha estado expuesta a estas situaciones, con el consecuente deterioro del espíritu de cuerpo y unidad granítica que debe prevalecer entre sus elementos. El estudio de este “fenómeno” es importante realizarlo para encontrar causas, motivos y circunstancias que, resueltas por las vías legales, fortalezcan integralmente la capacidad de las FFAA en ejecutar las misiones constitucionales establecidas en la Carta Magna.
*Excomandante general FAH